El Poder Judicial en su máxima instancia penal puso límites a la política represiva del Gobierno contra los pueblos originarios.

En un fallo unánime, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó otro previo de la Cámara Federal de General Roca que había concedido un habeas corpus en favor de la comunidad mapuche de Campo Maripe, donde está ubicada la reserva petrolífera de Vaca Muerta, tras la irrupción de tropas de la Gendarmería en junio de 2017.

Los camaristas rionegrinos habían ordenado “a la Gendarmería, en la persona de la señora ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, que observe el deber de abstenerse de intervenir, sin orden escrita emanada de autoridad competente y sin perjuicio de sus funciones como fuerza de prevención general, dentro del territorio ocupado por la comunidad aborigen Lof Campo Maripe y de limitar la libertad corporal y ambulatoria de ninguno de sus miembros“.

El 21 de junio de 2017 habían llegado al lugar sesenta gendarmes, dirigidos por el comandante Jorge Enrique San Emeterio, quien adujo contar con la “orden emanada de un juez federal” que nunca exhibió e interrumpió el paso al territorio de la comunidad Campo Maripe, cerrando dos entradas.

Los uniformados actuaron con violencia e impidieron que los habitantes de ese territorio pudieran salir de él durante las diez horas que duró el operativo.

El 22 de junio se repitió el mismo operativo, con el argumento de que los uniformados debían proteger las tareas que la empresa YPF estaba cumpliendo en el lugar.

Las mismas fuerzas de seguridad adelantaron que al día siguiente “se produciría el desalojo de la comunidad que se encuentra en una torre de perforación”.

En ese contexto la Defensoría y la Fiscalía solicitaron la acción de habeas corpus, por considerar que la acción de los gendarmes era “una amenaza a la libertad ambulatoria y de circulación de los afectados en razón del accionar ilegal y carente de sustento en una orden escrita de la autoridad competente”, así como también “la amenaza a la integridad física, tanto de personas mayores como de los menores de edad”.El juez Marcelo Grosso agregó que “la fuerza actuó sin orden escrita de autoridad competente, lesionando o al menos amenazando derechos“.

Por su parte, el juez Alejandro Silva agregó que “el accionar de la Gendarmería configuró un abuso de autoridad y de poder“.